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Instruye a la Subsecretaria Administrativa que practique la liquidación que permita a la Dra. Fabiana Isabel Caldera, cancelar el cargo deudor en hasta doce (12) cuotas fijas, mensuales, consecutivas y actualizadas, con un interés homogéneo por todo el período que corresponda computar según la cantidad de cuotas elegidas por la Dra. Caldera. VER PDF

Desestima la solicitud referida a la remisión de la nómina completa de los candidatos y las candidatas que participan de los procesos de selección para la cobertura de cargos vacantes en los distintos niveles de la magistratura del Departamento Judicial de Mar del Plata, toda vez que la información requerida es de conocimiento público y se encuentra publicada y disponible en la página web de este Consejo.

Requiere a la APDH que remita, en el plazo de diez (10) días hábiles, copia fiel de su Estatuto vigente, sin que lo expuesto implique un pronunciamiento sobre la procedencia de lo solicitado.

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Anula y priva de valor jurídico para el proceso de selección al examen escrito de oposición rendido el día 08 de mayo de 2025 para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE LA RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL SAN ISIDRO, referenciado como JJPRJ04 cuya autoriza corresponde a la Dra. María José ROMAN en virtud de haber insertado su nombre y apellido contraviniendo con ello la normativa vigente que impone el anonimato a las pruebas escritas hasta la finalización del proceso de corrección de las mismas.

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por el Dr. Carlos Daniel SALVATORE respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por el Dr. Carlos Daniel SALVATORE y, en consecuencia, su calidad de desaprobado en el examen para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025- (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por la Dra. Maria Victoria CICCIOLI respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por la Dra. Maria Victoria CICCIOLI  y, en consecuencia, su calidad de desaprobada en el examen para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025- (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por el Dr. Diego Alejandro CARENZIO  respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025- .

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por el Dr. Diego Alejandro CARENZIO  y, en consecuencia, su calidad de desaprobado en el examen para el cargo de JUEZ/A DE JUZGADO DE EJECUCION PENAL – LOMAS DE ZAMORA - EXAMEN DEL 06 DE MAYO DE 2025- (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por la Dra. Valentina ZATON respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por la Dra. Valentina ZATON  y, en consecuencia, su calidad de desaprobada en el examen para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025, (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por la Dra. María Clara PARODI  respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por la Dra. María Clara PARODI  y, en consecuencia, su calidad de desaprobada en el examen para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025, (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por el Dr. Sebastián Alejandro MARTIARENA  respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por el Dr. Sebastián Alejandro MARTIARENA  y, en consecuencia, su calidad de desaprobado en el examen para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025, (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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Desestima el pedido de revisión de la calificación del examen escrito presentado por el Dr. Javier Pablo HEREDIA  respecto del examen escrito rendido para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025-.

Mantiene la calificación oportunamente  otorgada al examen escrito rendido por el Dr. Javier Pablo HEREDIA y, en consecuencia, su calidad de desaprobado en el examen para el cargo de JUEZ/A DE CÁMARA DE APELACIÓN EN LO CIVIL Y COMERCIAL – JUNIN, PERGAMINO Y TRENQUE LAUQUEN - EXAMEN DEL 31 DE MARZO  DE 2025, (artículo 19 del Reglamento del Consejo de la Magistratura).

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