Dispone que los postulantes que hubieran aprobado los exámenes escrito y oral, podrán optar por hacer valer dicha condición para una nueva convocatoria referida a la misma función y alcance territorial, por el término de treinta (30) meses corridos contados a partir de la fecha en que rindan el examen oral, siempre que a criterio del Consejo no hubiesen variado las circunstancias. Determina que el cómputo del plazo, no se suspenderá por los pedidos de revisión ni por las impugnaciones que deduzca el postulante, y no debe haber sido superado a la fecha de apertura de la inscripción a la convocatoria para la cual el postulante formula la opción. (*)
(*) De acuerdo con la Resolución n° 2868/2022 mientras se encuentre suspendida la exigencia de los exámenes orales, el artículo 1° de la Resolución N° 2743/2021 quedará redactado de la siguiente forma: “Artículo 1º: Disponer que aquellos postulantes que hubieran aprobado el examen escrito, podrán RESOLUCIÓN N° 2868 Provincia de Buenos Aires CONSEJO DE LA MAGISTRATURA optar por hacer valer dicha condición para una nueva convocatoria referida a la misma función y alcance territorial, por el término de treinta (30) meses corridos contados a partir de la fecha en que rindan dicho examen, pudiendo, de suscitarse modificaciones legislativas en lo sucesivo, el Pleno del Consejo dictar aquellas medidas que fueren útiles y conducentes para la interpretación y aplicación de las mismas en las siguientes convocatorias”
Adjunto | Size |
---|---|
Resolución N° 2743 (28-12-21)_firmado_firmado.pdf | 733.4 KB |