Establece, que la compensación de la actividad docente de los Académicos intervinientes en los exámenes del Consejo, se abonará con la cantidad de horas cátedras que se fijan. Establece a su vez que el valor de la hora cátedra es que resulte de la aplicación del Acta Nro.648 del 14 de mayo de 2012 y autorizar a la Subsecretaría Administrativa a efectuar pagos parciales a medida que se desarrolle el cumplimiento de la labor de los Académicos.
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Nro. Resolución
2672