Presentación

Sobre la revista

 

La “Revista de la Escuela Judicial” fue creada en el ámbito del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires.

Desde sus inicios busca ser un espacio abierto, plural, inclusivo de debate interdisciplinario. 

Con frecuencia semestral, cuenta con dos convocatorias públicas para presentar artículos de contenido académico. Es de acceso abierto y financiada, íntegramente, por el Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires.

Los artículos están sometidos a una doble revisión: el Consejo Editorial evalúa la pertinencia del artículo como el cumplimiento de las pautas y, una vez aprobado, los artículos son sometidos a arbitraje externo por el sistema “doble ciego”.

La revista cuenta con una declaración de interés por la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.

 

ISSN 2796-874x (versión en línea)

ISSN 2953-3694 (versión impresa)

Año de Inicio: 2021

Periodicidad: Semestral

Idioma: Español

Entidad Editorial: Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires

Temas principales: problemáticas e intereses propios del servicio de justicia, temas vinculados a las materias y especialidades propias de los distintos fueros e instancias que competen la Administración de Justicia y el Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires.

 

 

Información para autores

 

1. PROPÓSITOS DE LA REVISTA

Por tratarse de una publicación de una institución académica y de formación, este espacio también está pensado como herramienta e insumo para profesores, profesoras, tutores, tutoras y cursantes de la Escuela Judicial. En cada número encontrarán material bibliográfico valioso a la hora de afrontar los estudios de cada curso curricular o extracurricular impartido.

La Revista, está dirigida a investigadores; profesoras/es, docentes; abogados y abogadas de la matrícula;  magistrados y magistradas; funcionarios y funcionarias de los distintos poderes del Estado provincial; Organizaciones No Gubernamentales;  a los alumnos y alumnas de nuestra Institución, y al público en general. 

 

2. CONDICIONES

Los artículos que los autores y autoras postulen deben cumplir con las pautas de la convocatoria respectiva, ser originales e inéditos y no pueden haberse presentado simultáneamente a otras revistas.

 

3. TEMAS Y SECCIONES

La Revista de la Escuela Judicial recibe artículos vinculados al área temática que el Consejo Editorial propone en cada edición y también mantiene una convocatoria abierta a contribuciones generales sobre temáticas afines a la administración de justicia. 

Las convocatorias son públicas y abiertas.

Se pueden presentar artículos doctrinarios, comentarios a jurisprudencia, ensayos y se valoran especialmente contribuciones tales como avances de investigaciones socio-jurídicas y resultados de investigaciones teóricas y empíricas relevantes para la administración de justicia.

 

4. PERIODICIDAD DE LA PUBLICACIÓN

La Revista de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires se edita entre los meses de diciembre y mayo / junio y noviembre; teniendo una salida semestral.

 

5. PAUTAS DE PRESENTACIÓN DE ARTÍCULOS

Directrices para autores (LINK DE PAUTAS)

 

6. CALIDAD ACADÉMICA Y DEL PROCESO EDITORIAL

Nos proponemos garantizar la calidad académica mediante los sistemas de referato, como así también, a través de la amplitud y generalidad de las convocatorias para el envío de los trabajos para su publicación.

El llamado a la presentación de trabajos para ser publicados en nuestra revista se efectuará a través de la página web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires y sus redes sociales. De esta forma, intentaremos llegar a la mayor cantidad de interesados/as dentro de la comunidad académica local, nacional e internacional.

En cuanto a la calidad de su proceso editorial la revisión por pares, de preferencia en la modalidad doble ciego, resulta ser fundamental. De allí que consideramos necesario un estricto arbitraje del material a publicar que asegure la calidad científica de los artículos que integren nuestra revista.

Otras de las cuestiones a tener en cuenta será la procedencia institucional tanto de los miembros del consejo editorial como de los/as autores/as, los que deberán ser en su amplia mayoría externos a la institución propietaria o responsable de la revista.

Al mismo tiempo, se solicitará las indispensables versiones en otros idiomas de títulos, resúmenes y palabras clave.

 

7. CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Se valorarán los siguientes aspectos de cada contribución evaluada, y de dicha valoración se desprenderá el concepto final del artículo. Rogamos a los/as autores/as tener en cuenta esta información a la hora de preparar sus escritos para ponerlos en consideración de los evaluadores.

Título del trabajo que resuma en forma clara la idea principal de la investigación; Adherencia completa a las normas APA; Delimitación, interés y alcance del problema de investigación; Literatura científica pertinente discutida completa y adecuadamente; Metodología adecuada para la investigación, explicitada al interior del escrito.

 

8. PROCESO DE ARBITRAJE DE ARTÍCULOS

Todos los artículos postulados deberán transitar por las siguientes instancias  antes de ser publicados, las que transcurrirán de forma independiente para cada uno de ellos:

 

Etapa de recepción de artículos. Los artículos inicialmente serán evaluados por el Consejo editorial que determinará su conformidad con las pautas de publicación para autores/as y resolverá su eventual ingreso a la siguiente fase.  

Etapa de evaluación por pares. Los trabajos serán sometidos a una evaluación bajo el sistema de doble ciego por medio del cual, los evaluadores; especialistas en el tema en cuestión sobre el que verse el escrito; desconocerán el nombre del autor y viceversa.  En ningún momento el Consejo Editorial divulgará la identidad de los autores, revisores o evaluadores de un artículo previo a la publicación del mismo.

A partir del análisis de los últimos, para realizar la evaluación, responderán preguntas sobre la calidad del artículo, relevancia académica, originalidad y claridad, las que arrojarán cuatro posibles dictámenes.

Aprobado

Aprobado con sugerencias

Aprobado, sujeto a modificación

Rechazado

El Equipo Editorial, resolverá a partir de este dictamen el progreso del escrito en el proceso editorial y su decisión será inapelable.

Etapa de corrección de estilo. Una vez sorteada esta instancia, los artículos serán sometidos al análisis de una persona especialista en corrección,  puntuación, revisión de estilo en términos de normativa, coherencia y cohesión, adecuación de las referencias bibliográficas y las citas a la norma aplicada o reconstrucción de las mismas; lo que dará lugar a una nueva fase de intercambios entre autores/as y el equipo editorial para que se adecue el artículo a las sugerencias que resulten de este nuevo análisis.

Etapa de diseño y publicación. Aquellos artículos que completen todas las instancias serán remitidos a una persona diseñadora para elaborar la versión final y descargable que será subida a nuestra página web.

 

9.  NOTIFICACIÓN DEL PROGRESO DE LAS ETAPAS

Cada autor/a que se presente a la convocatoria se postulará para la edición en curso y la siguiente, salvo declaración expresa. Así mismo, se compromete a no postular el artículo en otras publicaciones durante el plazo de un año desde la fecha de la primer postulación.

Durante este periodo, el artículo podrá avanzar a la etapa de evaluación por pares, en cualquiera de los doce meses siguientes a su presentación. Dicho avance se notificará via mail o por medio de la plataforma.

 

10. PROPIEDAD INTELECTUAL

Los autores que publican en la Revista de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires conservan sus derechos de autoría y garantizan a la revista el derecho de ser la primera publicación del trabajo. El artículo está protegido por una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial 4.0.

 

creative commons

 

Esta Licencia implica que es posible copiar, comunicar y distribuir públicamente su contenido siempre que se cite a los autores individuales y el nombre de esta publicación, así como la institución editorial. El contenido de esta revista no puede utilizarse con fines comerciales. La licencia completa puede consultarse aquí. (link: https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0/ )

Los autores pueden establecer por separado acuerdos adicionales para la distribución no exclusiva de la versión de la obra publicada en la Revista de la Escuela Judicial, con reconocimiento a la publicación original en nuestra revista.

Se permite y recomienda a los autores a mencionar su trabajo en otros sitios, mencionando el identificador persistente del artículo luego de la publicación en nuestra revista.

 

Políticas

 

1. POLÍTICAS DE ACCESO ABIERTO

Los artículos publicados en la Revista de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura se encuentran disponibles gratuitamente.

La revista adhiere a la definición de "acceso abierto" de la Budapest Open Access Initiative (BOAI).

Nuestros lectores tienen acceso libre a los trabajos publicados en las distintas secciones procurando así un verdadero intercambio global del conocimiento.

Asimismo, en el marco de esta política de acceso abierto, publicar en la Revista de la Escuela Judicial no tendrá ningún tipo de costo económico para los/as autores/as. Como así tampoco se cobrarán cargos por procesamiento o envíos de artículos.

 

2. PRINCIPIOS ÉTICOS

Constituye unos de nuestros objetivos fundamentales el garantizar que nuestra publicación cumpla con los más altos estándares científicos nacionales e internacionales y para ello los artículos son evaluados por pares a fin de garantizar la calidad científica de cada uno de ellos.

La revista de la Escuela Judicial adhiere al CÓDIGO DE CONDUCTA Y MEJORES PRÁCTICAS DIRECTRICES PARA EDITORES DE REVISTAS (COPE, 2011)

La Revista de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires tiene un permanente compromiso con la ética y calidad de sus publicaciones. Es por ello que propiciamos y exigimos un comportamiento de honestidad intelectual en todas las partes involucradas en nuestra publicación. Así, autores/as, editores/as, miembros/as del Equipo Editorial, correctores/as y miembros/as del Consejo Editorial deberán ajustarse a estos principios rectores.

Las políticas de ética que se detallan a continuación serán de aplicación obligatoria a todos los trabajos que se evalúen para su publicación en las secciones que tienen referato de cualquier tipo. Quedan exentas de su estricta aplicación las secciones de opinión y entrevistas en las que el equipo editorial, los/as autores/as de opiniones y los entrevistados se harán cargo del contenido de sus afirmaciones.

 

DEBERES DE LAS/OS EDITORAS/ES

Decisión de publicación

Las/os editoras/es ejecutivos y general son las/os responsables de decidir cuáles de los artículos recibidos deben ser publicados. Las/os editoras/es están guiados por las políticas decididas por el Staff editorial y el Consejo Editorial. Dichas políticas deben obedecer las exigencias legales en vigor sobre difamación, violación de derechos de autor y plagio. Para la toma de decisiones las/os editoras/es pueden consultar al resto del Equipo Editorial y al Consejo Editorial de la Revista. Independencia de la decisión editorial de criterios comerciales.

Las/os editoras/es adoptarán todas sus decisiones en el proceso de edición en forma independiente a cualquier criterio comercial o de venta, comercialización, recepción de subsidio o publicidad y/o inserción en los mercados de la publicación en su versión papel (la versión digital es de acceso abierto).

Transparencia y respeto

Las/os editoras/es deben evaluar que los trabajos sometidos a revisión no efectúen discriminación alguna bajo pretexto de falsa noción de raza o sexo, género, identidad de género y/o su expresión, orientación sexual, nacionalidad, color de piel, origen nacional, lengua, idioma o variedad lingüística, religión, convicción religiosa o filosofica, origen étnico, opiniones politicas o gremiales, situación migratoria, estatus de persona refugiada o peticionante de condición de tal, situación de apatrida, edad, estado civil, situación familiar, filiación, embarazo, responsabilidad familiar, antecedentes o situación penales, trabajo u ocupación, lugar de residencia, aspecto físico, caracteres físicos, estado serológico, discapacidad, características genéticas, capacidad psicofísica y salud física, mental y social, situación económica o social, hábitos personales, sociales y/o culturales, y/o de cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social, temporal o permanente, de sus autores/as.

Confidencialidad

Las/os editoras/es y los demás miembros del Equipo Editorial no deben divulgar ningún tipo de información sobre un manuscrito sometido a revisión.

Divulgación y conflicto de intereses

Los/as editores/as no deben utilizar material inédito divulgado en un manuscrito sometido a revisión, en sus investigaciones propias sin el consentimiento expreso y por escrito de su autor. Las/os editoras/es deben recusarse en la evaluación de los documentos en que tengan conflictos de intereses por cuestiones de competencia, colaboración u otro tipo de relaciones con cualquiera de sus autores/as, empresas o instituciones ligadas a dichos textos.

Cooperación en investigaciones

Las/os editoras/es deben tomar las medidas necesarias cada vez que fueran presentados reclamos sobre cuestiones éticas respecto de un documento sometido a revisión o artículo publicado

Errores fundamentales en trabajos ya publicados 

En aquellos casos en los que se encuentren errores fundamentales en los trabajos ya publicados, sea por propia revisión o por aviso de sus autores/as, las/os editoras/es realizarán todos los esfuerzos para modificar y corregir el problema en su versión digital y dejar en claro la corrección en próximos números de la edición en papel.

 

DEBERES DE LAS/OS CORRECTORAS/ES

Contribuir con las decisiones editoriales

La revisión de las/os correctoras/es auxiliar a los editores/as en la toma de decisiones editoriales y por medio de las comunicaciones con el autor también puede colaborar con él en la mejora del artículo presentado.

Puntualidad

Cualquier corrector de un artículo que no se sienta calificado a analizarlo o sabe, luego de su inmediata lectura, que será imposible hacerlo, debe notificar inmediatamente a las/os editoras/es.

Confidencialidad

Los trabajos recibidos para su análisis deben ser tratados como documentos confidenciales por lo que no deben ser mostrados o discutidos con otras personas.

Patrones de objetividad

Las/os correctoras/es se deben conducir en forma objetiva debiendo expresar sus puntos de vista de manera clara, y apoyados en argumentos.

Identificación de fuentes

Las/os correctoras/es deben identificar trabajos publicados relevantes que no fueron citados por los/as autores/as. Las/os correctoras/es deben llamar la atención de los/as editores/as sobre cualquier semejanza sustancial o sobre posición entre el documento en análisis y cualquier otro artículo publicado del que tenga conocimiento personal.

Divulgación y conflicto de intereses

La información privilegiada o las ideas obtenidas por las/os correctoras/es a partir de la lectura de los textos deben ser mantenidas en reserva y no deben ser utilizadas en provecho personal. El/La corrector/a no debe evaluar textos en los que tenga conflicto de intereses por cuestión de competencia, colaboración u otro tipo de relaciones con cualquiera de los autores/as, empresas o instituciones ligadas a dichos documentos.

 

DEBERES DE LAS/OS AUTORAS/ES

Normas generales

Las/os autoras/es de trabajos referidos a investigaciones originales deben presentar un relato preciso del trabajo realizado, así como las discusiones objetivas sobre su significado y alcance. En caso de tratarse de un texto enmarcado en algún proyecto de investigación efectuado en el marco de una universidad o agencia estatal, deberá identificar el proyecto, así como el investigador principal a cargo del mismo. Los datos complementarios deben ser presentados con precisión en el documento. Los trabajos deben contener los detalles suficientes y las referencias que permitan que otros puedan replicar dicho trabajo. Declaraciones fraudulentas o intencionalmente imprecisas constituyen un comportamiento antiético y son inaceptables.

Originalidad y plagio

Las/os autoras/es deben garantizar que las obras sean enteramente originales y si utilizan trabajos o textos de otros/as autores/as que eso sea debidamente citado. El plagio, en cualquiera de sus formas constituye un comportamiento editorial antiético e inaceptable.

Publicaciones múltiples, redundantes y simultáneas

Un/a autor/a no debe publicar un trabajo describiendo esencialmente la misma investigación en más de una revista científica en forma simultánea, sin dejarlo expresamente manifestado. Enviar un mismo artículo a más de una revista al mismo tiempo, sin comunicarlo en forma expresa a los/as editores/as, constituye un comportamiento editorial antiético e inaceptable. Constituye una decisión editorial publicar un trabajo que se encuentra en estudio para su publicación en otra revista o volver a publicar un trabajo cuya difusión es de interés de la revista, con el correspondiente aval del autor/a y/o quien haya publicado el trabajo.

Fuentes

Los trabajos de otras/os autoras/es deben ser siempre reconocidos. Las/os autoras/es deben citar las publicaciones que fueran importantes en la determinación de la naturaleza del trabajo. Las informaciones obtenidas en persona, en una conversación, correspondencia o discusión con terceros, no deben ser utilizadas o relatadas sin el permiso explícito dado por escrito por parte de dichas personas. La información obtenida por medio de servicios confidenciales, tales como arbitraje de manuscritos o pedidos de trabajo, no deben ser utilizados sin permiso explícito por escrito del autor del trabajo desarrollado en dichos servicios.

Autoría

La autoría de los trabajos debe ser restringida a aquellos/as que hicieron una contribución significativa para la concepción, proyecto, interpretación del estudio a ser publicado. Todas/os aquellas/os que hicieran contribuciones significativas deben ser identificados como autores/as del trabajo. Asimismo, las personas que participaron en ciertos aspectos del proyecto de investigación deben ser identificados como colaboradores/as del mismo. El/La autor/a principal debe garantizar que todos las/os autoras/es y colaboradores estén incluidos en el artículo y que están de acuerdo con la versión final del manuscrito remitido para su evaluación y posterior publicación.

Divulgación y conflicto de intereses

Todas/os las/os autoras/es deben informar si en un trabajo existe algún tipo de conflicto financiero o de otra naturaleza que pueda influenciar los resultados o la interpretación de los mismos. Se debe dar información de cuáles son las fuentes de apoyo financiero que colaboraron con el proyecto de investigación que pretende ser publicado.

Errores fundamentales en trabajos ya publicados

Cuando un/a autor/a descubre un error significativo en la impresión de su trabajo publicado está obligado a informar inmediatamente a los/as editores/as de la revista y cooperar con ellos/as para corregir el artículo.

 

DEBERES DE LOS EVALUADORES

Confidencialidad

Las/os editoras/es y los demás miembros del Equipo Editorial no deben divulgar ningún tipo de información sobre un manuscrito sometido a revisión.

Divulgación y conflicto de intereses

Los/as editores/as no deben utilizar material inédito divulgado en un manuscrito sometido a revisión, en sus investigaciones propias sin el consentimiento expreso y por escrito de su autor. Las/os editoras/es deben recusarse en la evaluación de los documentos en que tengan conflictos de intereses por cuestiones de competencia, colaboración u otro tipo de relaciones con cualquiera de sus autores/as, empresas o instituciones ligadas a dichos textos.

Emisión del dictamen

Para el caso de rechazar un escrito, el/la revisor/a deberá fundamentar el motivo por el cual considera que no corresponde publicarlo.

 

 

3. POLÍTICA ANTIPLAGIO

Todos los artículos escritos serán revisados por medio del software de detección de plagio “Similarity Check” de Crossreff.

Sin perjuicio de las acciones de terceros contra los/as autores/as, el Consejo Editorial de la Revista de la Escuela Judicial podrá resolver no recibir más artículos de aquellos/as autores/as que presenten artículos con:

-Redundancia: utilización de conjunto de datos con hallazgos idénticos a los de otros artículos ya publicados y/o que evidencie de que los autores han tratado de ocultar la redundancia. Por ejemplo cambiando el título o el orden de los autores o no haciendo referencia a artículos anteriores.

-Utilización de ideas, palabras de otro autor como propias.

-Plagio evidente: utilización de una larga porción de texto o los datos sin atribución, presentados como si fueran obra del/de la plagiario/a.

-Copia de menor extensión de frases cortas solamente (P.Ej. en la discusión de un artículo de investigación de un autor no nativo de la lengua) o manipulación de citas (no emplear las comillas en una cita literal; dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita; el parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente; el parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.)

-Datos Inventados, fabricados u omitidos.

-Postulación de la obra de otro/a autor/a como propia.

-Publicación de varios artículos similares, con diferentes nombres o alias de autor.

 

 

Las prácticas deshonestas relativas al plagio y a los diversos supuestos que sean detectadas serán debatidas por los miembros del Consejo Editorial, quienes decidirán las medidas a adoptar guiándose por los diagramas de flujo de COPE (http://publicationethics.org/flowcharts).

 

 

4. POLÍTICA DE PRESERVACIÓN

Todos los contenidos publicados en esta revista son depositados en la página del Consejo de la Magistratura de la Provincia de Buenos Aires.

Los respaldos automáticos y copias remotas, adecuaciones de formatos, verificaciones de integridad y demás actividades requeridas para asegurar la preservación digital se realizan a través de dicha página web institucional.

 

 

5. POLÍTICA DE DISPONIBILIDAD DE DATOS

La Revista de la Escuela Judicial de la Provincia de Buenos Aires promueve la transparencia y la reproducibilidad de todo el material científico publicado, ello con el fin de que otros/as investigadores/as tengan la posibilidad de replicar los estudios desarrollados en sus artículos de acuerdo con lo establecido por la Ley Nacional 26.899 de Repositorios digitales institucionales de acceso abierto.

Para favorecer la reproducibilidad de los resultados, la revista requiere que los/as autores/as pongan a disposición y sin restricciones los conjuntos de datos con los que han realizado la investigación descrita en su artículo. En caso de existir limitaciones derivadas de causas éticas o legales, los/as autores/as deberán indicar cómo deben hacer otros/as investigadores/as para acceder a dichos datos.

Se solicita a los/as autores/as el uso de formatos que maximicen la accesibilidad y la reusabilidad de los datos (por ejemplo, en caso de utilizar datos tabulares se sugiere emplear una planilla de cálculo).

En caso de ser necesario, se recomienda publicar junto con los datos los algoritmos o los tratamientos (pipelines) que deben realizarse sobre dichos datos para su correcta interpretación.

 

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